Abogados especializados en liquidación y extinción de Régimen Económico Matrimonial

Inicio » Servicios Jurídicos » Regimen Económico Matrimonial

Régimen Económico Matrimonial

El régimen patrimonial o económico del matrimonio es el sistema de normas jurídicas a través del cual se regula la relación económica y/ o de administración y propiedad de los bienes adquiridos durante el matrimonio, ya sea entre los cónyuges o de éstos frente a terceros.

Régimen de gananciales

El régimen de gananciales supone que las rentas percibidas durante el matrimonio son comunes para ambos cónyuges, así como el pago de determinadas deudas, como puede ser una hipoteca, aunque ésta grave un domicilio privativo de una de las partes, generando un derecho de crédito o incluso un derecho de porcentaje sobre esa la vivienda si concurriese que es el domicilio familiar.

En la mayor parte del territorio nacional se aplica el derecho común y, por tanto, el régimen económico matrimonial es el de régimen de gananciales.

Régimen de Separación de bienes

El régimen de separación de bienes supone que los cónyuges tengan sus patrimonios separados, debiendo contribuir a los gastos de la familia de forma proporcional a sus ingresos. En territorios como Cataluña o Comunidad Valenciana, se aplica normas matrimoniales especiales y, por tanto, se aplica la separación de bienes.

La disolución supone que a partir de ese momento los cónyuges funcionarán con patrimonios separados y, por tanto, se adjudicarán los bienes en el porcentaje de propiedad de cada uno de ellos.

¿Por qué Civitae?

Para nosotros es importante que cualquier proceso sea lo menos traumático para ti y los tuyos sin que salgas perjudicado. Liquidar el régimen económico matrimonial a veces, puede ser un proceso que necesita abogados justos y neutrales y Civitae te los ofrece.

Justicia: Porque velamos por tus intereses de acuerdo con la ley.

Calidad en cada procedimiento, para poder ofrecer el nivel de servicio que demandan nuestros clientes.

Liquidación del Régimen Legal de Gananciales

Al igual que en los procedimientos de separación y divorcio, las medidas a acordar son:

Proceso de mutuo acuerdo

En un procedimiento de mutuo acuerdo de divorcio o separación es posible la liquidación de la sociedad de gananciales en el mismo Convenio Regulador, que se efectúa mediante la realización de un inventario, valoración y adjudicación de los bienes de cada parte, que son sometidos a aprobación judicial.

En el supuesto de no haber liquidado la sociedad de gananciales en el procedimiento de divorcio o separación de mutuo acuerdo, puede realizarse en un momento posterior mediante un procedimiento de liquidación de mutuo acuerdo o contencioso.

Proceso contencioso

Si las partes no llegan a un acuerdo para efectuar la liquidación de la sociedad de gananciales, la misma se lleva a cabo mediante un procedimiento contencioso de liquidación. Dicho procedimiento consta de dos fases o juicios:

  • La formación de inventario: proceso en el cual se determinan los bienes, derechos y deudas que forman la sociedad de gananciales, tanto el activo como el pasivo, y que son presentados al juzgado. Si existe discrepancia entre las partes deberá celebrarse el correspondiente juicio.
  • Valoración y adjudicación a cada parte de los bienes integrantes del activo y pasivo, intentando que ambos queden igualados en su haber.

Extinción de la comunidad de bienes en régimen económico de separación de bienes.

En un matrimonio en separación de bienes es habitual que la vivienda familiar haya sido comprada por ambos cónyuges, en proindiviso, permitiendo a la ley ejercer la declaración de división de cosa común en la propia demanda de divorcio.

Contáctanos

¿Necesitas liquidar tu régimen de gananciales? ¡Te ayudamos!